
Desde hace varios años se han promulgado leyes, decretos y acuerdos, nacionales e internacionales, que regulan la temática referente a la propiedad intelectual en aspectos inherentes a la producción literaria, artística o industrial, pero poco se ha tratado el tema de los derechos relacionados con la practica de la investigación científica a partir de la cual se elaboran bases de datos, diagramas de operaciones, imágenes, etc., y cuyos resultados se utilizan para la elaboración de artículos científicos, ponencias en eventos académicos y otros medios de divulgación de la ciencia.
En general, a la producción científica expresada a través de los artículos de publicación se le da el mismo tratamiento que a las obras literarias.
Posiblemente, aunque existe controversia al respecto, el acontecimiento histórico que puso en evidencia la necesidad de crear medios de protección legal de los productos de de divulgación de la actividad intelectual, fue la aparición y acceso público al gran volumen de documentos producidos como consecuencia de la utilización masiva del invento de Gutenberg en el siglo XV, la imprenta. Cuando nos referimos al término propiedad intelectual debemos tener en cuenta que en él están inmersos dos conceptos: propiedad industrial y derechos de autor, estos últimos conocidos en el derecho anglosajón como “copyright”. Pretende este corto artículo describir algunos conceptos importantes sobre lo que son los derechos de autor y su relación de aplicabilidad con algunos aspectos particulares de la actividad científica.
Conceptos sobre el derecho de autor.
Bajo el concepto de “propiedad intelectual” se incorpora el conjunto de derechos mediante los cuales una institución o una persona pueden acceder a la protección legal de aquellos productos, tangibles o intangibles, pero manifiestos, obtenidos mediante la aplicación de sus conocimientos y que tengan un beneficio demostrado en la industria, la ciencia o la cultura. La propiedad intelectual se divide en dos grandes temas: El referente a la propiedad industrial y el relacionado con los derechos de autor.
El contexto de los derechos de protección a la propiedad industrial Este tipo de derechos incluye la protección del secreto industrial y toda aquella información confidencial que pueda constituir un valor agregado o una ventaja competitiva en el ámbito comercial. Para acceder debe realizar un trámite formal y documentado. Se entiende como derecho de autor el conjunto de privilegios que se conceden a los autores como reconocimiento a su actividad creativa expresada mediante obras de tipo literario, científico o artístico. Este derecho se concede sin que medie requisito formal alguno, distinto de la creación y expresión o divulgación misma de la obra.

Recomendaciones.
La existencia de unos principios rectores en el tema derecho de autor y la importancia de reconocer debidamente a quien lo merece la propiedad intelectual del contenido científico de una publicación, exigen que las instituciones, los grupos de investigación y los investigadores establezcan, desde el comienzo y antes de iniciar la ejecución de un proyecto de investigación, reglas claras y documentos formales que permitan definir las calidades o modos de participación de las personas, llámese investigador principal, coinvestigadores, asesores o auxiliares de investigación, pues es a los dos primeros a quienes debe reconocerse el derecho de autor en los productos de investigación, es entre ellos que debe definirse la autoría y orden de aparición en los artículos que se elaboren como producto de los resultados de investigación. Esto redundará en la garantía de obtener el reconocimiento de los debidos derechos de autor en cualquier momento que se ponga en duda la participación de alguien en una investigación o se quiera acceder a un derecho cuando previamente, desde el comienzo de la ejecución, no fue declarada explícitamente el tipo de participación en la investigación.
Autoría en los artículos de publicación.
Los investigadores presentan, no sólo los resultados obtenidos, sino las teorías, hipótesis, objetivos y métodos que guiaron su ejecución y las conclusiones y discusión sobre su aplicabilidad e impacto cientí- fico. Constituye el artículo científico la evidencia de la generación de nuevo conocimiento. La discusión sobre quienes, y en que orden, deben aparecer como autores del artículo que ha de publicarse no sólo es antigua sino que aún no hay acuerdo explicito que establezca una única forma de tomar esta decisión. Pero si existen directrices con reconocimiento internacional que describen los aspectos que han de tomarse en cuenta para determinar quien debe considerarse autor en una publicación científica. Para comprender el alcance y aplicabilidad de tales criterios, es pertinente describir e ilustrar algunos conceptos que tienen su raíz en aquellos que gobiernan los derechos de autor. Conclusión: El tema de los derechos de autor y el contexto de los derechos de protección a la propiedad industrial ha sido un buen aspecto legal para darles los créditos a los autores, ya que el plagio en los documentos de información incrementó desde la creación de la imprenta de forma espontánea, y con el paso del tiempo esto incrementó en la web con la gran cantidad de documentos que se encontraban en las redes.
Por: Jessica Naieli Zavala Zavala y Melyssa Montserrat Vázquez Ramírez.